Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

libertad

Gral. Facultad y derecho individual para hacer todo aquello que las leyes no prohíben y que no perjudique a los demás.
Es un valor común a la UE y todos sus Estados miembros. TUE, art. 2. «La libertad consiste en poder hacer todo lo que no perjudique a los demás. Por ello el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre tan solo tiene como límites los que garantizan a los demás miembros de la sociedad el goce de estos mismos derechos. Tales límites solo pueden ser determinados por la ley» (Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, art. 4).

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