Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

libertad religiosa

Sublema de libertad
1. Const. Libertad para profesar, expresar, enseñar y difundir las propias convicciones religiosas, filosóficas y morales de forma individual o colectiva (vertiente positiva).
2. Const. Derecho de las personas a no hacer públicas las convicciones religiosas, filosóficas o morales personales y a no ser obligadas a actuar de tal manera que tengan que revelarlas (vertiente negativa).
CE, art. 16 ; CDFUE, art. 10; CEDH, art. 9.
3. Const. Derecho humano fundamental que postula la libertad para autodeterminarse en materia religiosa, para adherirse libremente a una determinada religión (o no adherirse a ninguna) y para profesarla sin intromisiones, en público o en privado, individual o colectivamente.

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