Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

legado

1. Civ. Disposición testamentaria por la que el beneficiario, llamado legatario, sucede al testador en bienes y derechos concretos.
CC, art. 660.
2. Fin. En el derecho tributario, incremento de patrimonio que se produce como consecuencia de la adquisición de bienes y derechos por el legatario y que constituye uno de los títulos sucesorios comprendidos en el hecho imponible del impuesto de sucesiones y donaciones.
LISD, art. 3.1.
3. Gral. Representante o delegado.
4. Can. Eclesiástico que representa al papa y ejerce facultades delegadas del mismo.
5. Can. Liberalidad o disposición patrimonial gratuita, que no requiere contraprestación por parte del legatario; es mortis causa porque no surte efectos hasta la muerte del disponente; a título particular, porque no atribuye la cualidad de heredero. Tiene carácter testamentario porque debe contenerse en el testamento, y no en otros instrumentos de disposición mortis causa.
6. Hist. En la antigua Roma, jefe provincial o de cada legión.
7. Hist. En la antigua Roma, asesor del procónsul.

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