Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

legado de cosa propia del heredero o de un legatario

Sublema de legado
Civ. Legado que obliga, al heredero o legatario que acepte la sucesión, a entregar al legatario la cosa legada o su justa estimación, salvo que solo tuvieran una parte o derecho en la cosa, en cuyo caso se entenderá limitado el legado a esta parte o derecho, a menos que el testador declare expresamente que lega la cosa por entero.
CC, arts. 863 y 864.