Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

legado a latere

Sublema de legado
Can. Históricamente, enviado papal que, formando parte del Consejo del Papa y ocupando un puesto junto a él, se desplazaba para ejercer funciones de vigilancia sobre las Iglesias locales y para representarlo o hacer gestiones ante los soberanos.
Los legados a latere eran instituidos para asuntos concretos de gran importancia y solo raramente para misiones permanentes. Hoy en día se entiende por cardenal legado el purpurado, miembro o no de la curia romana, al cual el pontífice encarga el cumplimiento de una determinada misión pastoral como enviado especial suyo. Con este título es enviado como alter ego del pontífice, con los poderes que este le concede y que recibe de manos del propio pontífice en el momento de confiarle el mandato de representarlo (CIC, c. 358).