Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

legado remuneratorio

Sublema de legado
Civ. Legado ordenado en compensación de un servicio que ha recibido el causante del legatario, que no implica una obligación civil exigible, sino un deber de carácter moral.
Goza de preferencia de pago si los bienes de la herencia no alcanzaren para cubrir todos los legados. CC, art. 887.