Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

representación

1. Gral. Institución jurídica en cuya virtud una persona gestiona asuntos ajenos, actuando en nombre propio o en el del representado, pero siempre en interés de este, autorizado para ello por el interesado o, en su caso, por la ley, de forma que los efectos jurídicos de dicha actuación se producen directa o indirectamente en la esfera jurídica del representado.
2. Int. púb. Desempeño de funciones por parte de una persona o un grupo de personas en nombre, interés o por cuenta de un sujeto de derecho internacional.
3. Gral. Régimen jurídico que relaciona a los electores y a sus representates electos.
4. Const.; Chile Negativa a tomar razón de un decreto o resolución que efectúa la Contraloría General de la República por considerarlo inconstitucional o ilegal, que habilita al presidente de la República, si no se conforma con ese pronunciamiento, a solicitar al Tribunal Constitucional que lo enmiende si la causa fuese la inconstitucionalidad, o a insistir con la firma de todos los ministros de Estado ante la propia Contraloría en que tome razón si el motivo fuese la ilegalidad.

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