representación procesal Sublema de representación Proc. Persona que representa a otra en el proceso, sobre la que recaen los efectos jurídicos.LEC, arts. 23 y sigs. Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, de Argentina, art. 50. Civil and Commercial Procedural Code of the Nation, of Argentina, art. fifty.ArgentinaLey 17454, por la que se aprueba el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, publicada el 7-XI-1967ChileCódigo de Procedimiento Civil de Chile, promulgado el 28-VIII-1902ColombiaLey 1564 de 2012, por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones, publicada en el Diario Oficial 48489, el 12-VII-2012.Costa RicaLey 7130, de 16-VII-1989, de Código Procesal Civil de Costa RicaCosta RicaLey 8687, de 4-XII-2008, de Notificaciones Judiciales, de Costa RicaMéxicoCódigo Federal de Procedimientos Civiles, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24-II-1943Referenciado desderepresentación judicialSublemasrepresentación procesal comúnrepresentación procesal de la Administración del Estado y órganos administrativosrepresentación procesal de las administraciones públicas y de los órganos constitucionalesrepresentación procesal de las comunidades autónomasrepresentación procesal de las entidades localesrepresentación procesal de las personas jurídicasrepresentación procesal de los funcionariosrepresentación procesal sindicalRepresentación Permanente ante la Unión Europea (REPER)representación procesal común