- prohibición de conducir vehículos a motor
- Pen. Condición a la que queda supeditada la suspensión de la ejecución de la pena cuando el reo ha sido condenado por un delito contra la seguridad vial y resulte necesaria para prevenir la reincidencia, que consiste en la interdicción de conducción de un vehículo a motor que no disponga de dispositivos tecnológicos que condicionen su encendido o funcionamiento a la comprobación previa de las condiciones físicas del conductor.
Sublema de prohibición
Referenciado desde
alteración en la conciencia o alteración en la percepción, alteración psíquica, anomalía mental o anomalía psíquica, dependencia del alcohol o la droga, intoxicación por alcohol o droga, medida en caso de trastorno mental transitorio