Tanto si hay inimputabilidad como si solo hay atenuación de la imputabilidad, de todos modos el sujeto comete un acto típicamente antijurídico, con la consecuencia no solo de responsabilidad civil, sino de aplicabilidad de medidas de seguridad; estas no las excluye la nueva regulación del actual
CP para el trastorno mental transitorio si hubiera peligrosidad criminal, y las prevé expresamente para los casos de intoxicación por alcohol o drogas: medidas de internamiento en centro de tratamiento médico o deshabituación, o de libertad vigilada y privación del derecho a conducir conforme a los
artículos 101 
,
102,
104 y 105 del CP.