Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

Universidad

Adm. Institución de enseñanza superior que comprende distintos centros (facultades, escuelas, institutos y otros) y que confiere los títulos académicos correspondientes.
Las universidades son públicas, privadas o de la Iglesia católica. El nombre de universidad solo puede ser utilizado por aquellas universidades privadas que hayan sido objeto de reconocimiento de la forma indicada por la Ley Orgánica de Universidades (LOU). Lo mismo rige para la denominación de los centros universitarios (facultades, escuelas, institutos) que solo pueden ser utilizados por aquellos que hayan sido autorizados de acuerdo con lo indicado por la citada ley. LOU, disp. adic. 19.ª.

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