Diccionario panhispánico del español jurídico

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tasa

1. Fin. Modalidad de tributo, estatal, autonómico o local, que se inspira en el principio de beneficio por cuanto el contribuyente debe soportarlo como consecuencia de la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público, o bien por la prestación individualizada de un servicio en régimen de derecho público de demanda obligatoria y que no puede prestarse por el sector privado.
LGT, art. 2.2.a). No constituye la traducción del término anglosajón tax que representa lo que en el derecho tributario español son tributos y sobre todo impuestos (income tax, 'impuesto sobre la renta'). En algunas leyes se usan las palabras canon y tarifa para designar contraprestaciones que tienen naturaleza de tasa.
2. Can. Modo de financiación de la Iglesia católica, por el que se pide una prestación económica por un servicio prestado por la administración eclesiástica, p. ej., tasas judiciales.
CIC, c. 1264.

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