- canon de control de vertidos
- Adm. Tasa que grava los vertidos al dominio público y cuya recaudación está destinada al estudio, control, protección y mejora del medio receptor de cada cuenca hidrográfica.En el supuesto de las cuencas intercomunitarias, el canon será recaudado por el organismo de cuenca o bien por la Administración tributaria del Estado, en virtud de convenio con aquel. Es independiente de los cánones o tasas que puedan establecer las comunidades autónomas o corporaciones locales para financiar las obras de saneamiento o depuración.
TRLA, art. 113 ;
RDPH, arts. 289 y sigs.
Sublema de canon