Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

canon por utilización de las aguas continentales para la producción de energía eléctrica

Sublema de canon
Adm. Tasa que grava la utilización y aprovechamiento de las aguas superficiales y de las subterráneas renovables (art. 2.a, TRLA , son las aguas continentales) para la producción de energía eléctrica en barra de central.
El producto de la recaudación se destina a la protección y mejora del dominio público hidráulico, y la gestión y recaudación corresponderá al organismo de cuenca competente o bien a la Administración tributaria del Estado en virtud de convenio con aquel. TRLA, art. 112 bis; Real Decreto 198/2015, de 23 de marzo, por el que se desarrolla el artículo 112 bis del Texto Refundido de la Ley de Aguas y se regula el canon por utilización de las aguas continentales para la producción de energía eléctrica en las demarcaciones intercomunitarias (BOE n.º 72, de 25 de marzo de 2015).

Referenciado desde