Diccionario panhispánico del español jurídico

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contrato de préstamo

Civ. Contrato por el que una de las partes entrega a la otra dinero u otra cosa fungible, con condición de devolver otro tanto de la misma especie y calidad.
CC, art. 1740 . Lo esencial para la existencia del préstamo no es que la entrega de la cosa sea simultánea a la firma del contrato, sino que el deudor reconozca o el acreedor pruebe que dicha cosa o cantidad la tiene, en efecto, recibida con obligación de devolverla en plazo determinado. STS, 1.ª, 7-X-1994, rec. 2691/1991.

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