Civ. y
Merc. Persona que, en el contrato de préstamo, recibe la cosa objeto del contrato.«El recurso trae causa de un contrato de fecha 2 de enero de 1992, en el que el actor prestó 300 000 dólares o su equivalente en pesetas, por tiempo de un año e intereses del 11%. Como garantías de la devolución el prestatario aceptó una letra de cambio por quince millones de pesetas o 150 000 dólares, librada a su propia orden por el prestamista, y además otorgó un poder notarial para constituir hipoteca sobre la vivienda propiedad del prestatario» (STS, 1.ª, 22-XII-1997, rec. 3126/1993).