Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

aguas subterráneas renovables

Adm. Aguas que están situadas en acuíferos que permiten una entrada y salida de agua con independencia del tiempo necesario para su completa renovación. Tienen naturaleza de dominio público hidráulico.
TRLA, art. 2 a).

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