- oficio
- 1. Gral. Comunicación escrita de un órgano público.2. Proc. Acto de comunicación procesal de un órgano jurisdiccional a autoridades no judiciales y funcionarios, ajenos a la Administración de Justicia, que no sean registradores de la propiedad, mercantiles, de buques, de ventas a plazos de bienes muebles, notarios, o funcionarios del cuerpo de auxilio judicial, antiguos agentes judiciales.3. Pen. Acto de comunicación por el que los órganos judiciales se dirigen a funcionarios, agentes o autoridades que no están a sus órdenes inmediatas o a entidades o particulares ajenos a los tribunales.4. Pen. Comunicación dirigida por las autoridades policiales al órgano judicial interesando su autorización para la práctica de determinadas diligencias de investigación que exijan la misma.5. Can. Institución de origen divino o eclesiástico que tiene anejas ciertas facultades.CIC, cc. 145-195.