- mandamiento
- 1. Pen. Acto de comunicación por el que el órgano judicial ordena la práctica de algún acto o diligencia a sujetos determinados.«Para ordenar el libramiento de certificación o testimonio y la práctica de cualquier diligencia judicial, cuya ejecución corresponda a registradores de la propiedad, notarios, auxiliares o subalternos de juzgados o tribunales y funcionarios de policía judicial que estén a las órdenes de los mismos, se empleará la forma de mandamiento» (
LECrim, art. 186).