Hacen referencia a las prestaciones a que están obligados en este territorio los campesinos sujetos a la tierra, , cultivadores de tierra ajena sometida a régimen señorial. Según Hinojosa, cuatro de ellos eran de derecho escrito (
intestia,
cugucia,
exorquia, recogidos en los , y la
remensa personal, implícitamente recogida en los y expresamente en las Constituciones de Cataluña), la
arcia o
arsina y la
firma de spoli eran de derecho consuetudinario, sancionado por los tribunales. La naturaleza jurídica que puede desprenderse de los llamados
malos usos, es la de las respectivas prestaciones debidas por la modificación de las condiciones iniciales de la cesión de la tierra, bien por abandono del manso, por muerte del sin dejar quien lo cultive, por atentar contra la sucesión en el mismo, por hipotecarlo, etc. No están constatados algunos malos usos, derivados de la sujeción del al señor, que a veces han sido esgrimidos por algunos autores, como el o derecho del señor a yacer o a pasar sobre la mujer de uno de los colonos en la primera noche después de la boda (Hinojosa). No obstante, conociendo el grado de sujeción de algunos lugares, es factible que dichas extralimitaciones se dieran en la práctica. Por la Sentencia arbitral de Guadalupe de 1486, se abolieron los malos usos, no solo los mencionados, sino otros considerados abusivos, referentes casi todos a los pagos realizados por el en las ventas de los productos que cosechaba, pudiendo redimirse los mediante el pago de un precio al señor (sesenta sueldos barceloneses de una vez o tres sueldos anuales por cada predio), lo que constituyó un avance importante en la liberación de los de remensa y de las cargas que pesaban sobre ellos, aunque no desaparecieron los derechos señoriales. «
Las servidumbres existentes de paso para ganados, conocidas con los nombres de cañada, cordel, vereda o cualquiera otro, y las de abrevadero, descansadero y majada, se regirán por las ordenanzas y reglamentos del ramo, y, en su defecto, por el uso y costumbre del lugar»
(CC, art. 570).