Hist. Durante la Edad Media, prestación señorial especialmente catalana por la que el daba participación al señor en el caudal que quedase a la muerte del , si no hizo testamento. Consistía en la mitad de los bienes si no había dejado descendencia, quedando la otra mitad para la viuda, y en caso de que tuviese hijos, un tercio de muebles y semovientes. Inicialmente esta prestación consistió en bienes, muebles e inmuebles, reduciéndose luego a los primeros. Este derecho no se podía ejercitar conjuntamente con el de exorquia.