- lugar
- 1. Amb. Área geográfica definida, de superficie claramente delimitada.
Real Decreto 1997/1995, de 7-XII, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, art. 2.2. Int. púb. En la Convención UNESCO de 23 de noviembre de 1972, cualquier obra del ser humano o cualquier obra conjunta del mismo y de la naturaleza, así como las zonas, incluidos los lugares arqueológicos, que tienen un valor universal excepcional desde el punto de vista histórico, estético, etnológico o antropológico.Convención UNESCO de 23-XI-1972, art. 1.º.3. Int. púb. En elConvenio Europeo de 3 de octubre de 1985, obra combinada del ser humano y de la naturaleza, parcialmente construida y suficientemente característica y homogénea para poder delimitarse topográficamente, que tiene un interés destacado en el aspecto histórico, arqueológico, artístico, científico, social o técnico.Convenio Europeo de 3-X-1985 , art. 1.º.3.4. Pen. Localización espacial de la ejecución de un hecho delictivo o establecimiento en el que ha de cumplirse una condena.5. Adm. y Proc. Espacio físico en el que ha de tener lugar un acto procesal o administrativo, sede.