- lugar de evisceración
- Adm.; Esp. Recinto o instalación que las legislaciones autonómicas exigen a los cotos para autorizar en ellos monterías o batidas de caza mayor, que debe contar con una serie de dotaciones y condiciones de higiene y comodidad para el desempeño del trabajo del veterinario habilitado para el reconocimiento de las piezas abatidas y la expedición de guías de transporte.
Sublema de lugar