Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

delito contra los deberes del centinela

Mil. Delito cometido por el centinela que abandona su puesto o que incumple sus obligaciones ocasionando grave daño al servicio.
CPM, arts. 68 y 69 . «En esta figura delictiva —a diferencia del delito de abandono del puesto del artículo 146 del referido Código Penal Militar, que no lo exige— se precisa la producción de un resultado: el grave daño al servicio, que no se requiere que sea material, pero que habrá de ser grave […] el daño no es material sino jurídico y se refiere al normal desenvolvimiento de la misión del centinela, el cual se impone como consecuencia de la acción contraria a los deberes del servicio» (STS, 5.ª, 12-II-2009, rec. 79/2008).

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