- delito militar
- Mil. Acción u omisión dolosa o culposa penada en el Código Penal Militar.
CPM, art. 9. «La tipificación de conductas constitutivas de delito militar, que figuran en el
Libro II del Código Penal Militar , queda básicamente centrada en los delitos exclusiva o propiamente militares […]. Para determinar el ámbito de la jurisdicción militar ha de operarse con los criterios relativos a la materia, pues la jurisdicción ha de ceñirse a los delitos que atenten la disciplina castrense; al lugar, señalándose los cometidos dentro de cuarteles y en actos de servicio; y a la condición de militar de las personas implicadas» (STS, especialartículo 39 LOPJ , 20-II-2015, rec. 3/2014).
Sublema de delito