Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

compensación de culpa

Sublema de compensación
1. Adm. Evaluación de la actuación de la víctima, determinando su posible concurrencia en la producción del daño, a efectos de minorar la responsabilidad de la Administración pública a la que se imputa el daño y reducir la indemnización debida en consecuencia.
«[...] siendo posible que en el suceder del evento dañoso concurra la participación de terceros extraños al servicio público o incluso la propia víctima, con compensación de unas y otras, y de la indemnización que haya lugar» (STS, 3.ª, de 29-XI-2011, rec. 4785/2009).
2. Pen. La conducta que ha causado un delito no se compensa con la posible conducta imprudente de la propia víctima, pero sí puede determinar una compensación de las causas apreciando cuál de ellas tiene eficacia preponderante, de modo que pueda degradarse la intensidad de la culpa principal del sujeto activo o moderar la indemnización que se acuerde en proporción a la influencia que el comportamiento de la víctima haya tenido en el evento (Cf. STS, 2.ª, de 10-II-2009, rec. 1606/2008.).

Referenciado desde