Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

preferencia penal

Adm. y Pen. Regla que determina la competencia exclusiva de los jueces penales y la consiguiente incompetencia de la Administración en caso de que concurran una norma penal y otra administrativa sancionadora que, según la jurisprudencia constitucional, deriva directamente del artículo 25.1 de la Constitución Española . También se denomina prejudicialidad penal.
SSTC 77/1983 y 2/2003.

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