Diccionario panhispánico del español jurídico

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concurso de normas punitivas

Adm. y Pen. Situación que acontece cuando dos normas —dos de carácter penal, o una penal y otra administrativa sancionadora, o dos de carácter administrativo sancionador— tipifican el mismo ilícito o dos ilícitos similares, pero de modo que el previsto por una de ellas absorbe o consume completamente el desvalor (la antijuridicidad y la culpabilidad) del contemplado por la otra, aunque no suceda a la inversa.
Dos normas punitivas concurren cuando un sujeto con un hecho y una lesión a un bien jurídico realiza el tipo castigo en ambas. El concurso de normas punitivas es el supuesto de aplicación característico de la garantía non bis in idem, que impone que se aplique solo una de las normas concurrentes. Ahora bien, en rigor, y con independencia de lo que ha declarado la jurisprudencia constitucional para los concursos de norma penal y norma administrativa sancionadora, al non bis in idem le resultará indiferente cuál de ellas debe prevalecer sobre la otra. STC 2/2003; STEDH, 29-V-2001, caso Franz Fischer contra Austria.

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