Diccionario panhispánico del español jurídico

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inconstitucionalidad sobrevenida

Const. Vicio en el que incurren las normas preconstitucionales y originalmente válidas si resultan contrarias a las determinaciones de la Constitución.
«La declaración de la inconstitucionalidad sobrevenida es competencia exclusiva del Tribunal Constitucional en contraste con la derogación, que puede ser declarada por cualquier juez o tribunal» (STC 2-II-1981).