Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

inconstitucionalidad por omisión legislativa

1. Const.; Méx. Vulneración del texto constitucional federal causada por la inactividad, total o parcial, del poder legislativo de un estado de la Federación o de la Legislatura de Ciudad de México.
La inconstitucionalidad por omisión legislativa ha sido establecida por vía de interpretación constitucional de la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra las vulneraciones a la Constitución federal que provoca la inactividad de los legisladores de las entidades federativas; no se encuentra establecida en la Constitución Mexicana (art. 105) o en la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2. Const.; Méx. Vulneración de la Constitución cometida por la inactividad del legislador, consistente en no legislar en concreto cuando ha recibido un encargo específico, sea por parte del órgano constituyente o por parte del órgano revisor de la Constitución, para desarrollar una norma constitucional de eficacia limitada que precisa de la intervención del legislador, en un primer momento, para alcanzar plena eficacia.