Diccionario panhispánico del español jurídico

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escribano del número o escribano público del número

Sublema de escribano1
Hist. Oficial concejil que solo podía ejercer su oficio en la localidad o demarcación a la que estaba asignado. Se llaman del número porque generalmente en cada localidad o distrito había un número determinado de ellos, que no podía sobrepasarse. Entre otras obligaciones tenían las de comunicar las transacciones sobre inmuebles a los recaudadores, con efecto de pago de tributos, especialmente de la alcabala, cuando se convirtió en un impuesto indirecto.
Sus funciones se regularon en las ordenanzas de escribanos públicos del número, dadas por los RR. CC. en Córdoba, el 30 de mayo de 1492, donde se recoge que solo a ellos corresponden «todos los contractos de compras e ventas e troques e cambios e de çensos e arrendamientos […] e de otras qualesquier enajenaciones de bienes de qualquier natura o calidad que sean». Con frecuencia usurpaban sus funciones los escribanos y notarios reales.

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