Diccionario panhispánico del español jurídico

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educación en la cárcel

Sublema de educación
Adm. y Pen. Educación a la que pueden acceder los reclusos.
La Administración debe prestar este servicio público de acuerdo con el sistema educativo oficial aplicable a toda la población, de manera que los internos puedan alcanzar las titulaciones correspondientes (LOGP 1/1979, arts. 55 y sigs. ). Téngase en cuenta que las penas privativas de libertad están orientadas a la reeducación y la reinserción social de los condenados, que mantendrán sus derechos salvo los que queden expresamente limitados por el fallo condenatorio (CE, art. 25.2 ; LOGP, art. 1).