- educación en la cárcel
- Adm. y Pen. Educación a la que pueden acceder los reclusos.La Administración debe prestar este servicio público de acuerdo con el sistema educativo oficial aplicable a toda la población, de manera que los internos puedan alcanzar las titulaciones correspondientes (
LOGP 1/1979, arts. 55 y sigs. ). Téngase en cuenta que las penas privativas de libertad están orientadas a la reeducación y la reinserción social de los condenados, que mantendrán sus derechos salvo los que queden expresamente limitados por el fallo condenatorio (CE, art. 25.2 ;LOGP, art. 1).
Sublema de educación