Diccionario panhispánico del español jurídico

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control social

Sublema de control
Pen. Concepto utilizado en la sociología, la criminología y la ciencia penal para designar el control de la sociedad frente a conductas desviadas e indeseadas, concibiéndose entonces el derecho penal como un medio de control social.
Ahora bien, tal concepto de control social es ambiguo e impreciso: tanto puede utilizarse en el sentido expuesto, como mecanismo, más o menos razonable, de control de la sociedad sobre sus miembros para evitar infracciones, como puede significar control que algunos grupos dominantes o miembros de la sociedad ejercen sobre esta para reprimir la conducta desviada o discrepante de la impuesta por los grupos de poder, es decir, mecanismos más o menos burdos de poder y dominación. Y en un derecho penal democrático y de un Estado de derecho no puede concebirse su función así, sino como medio de protección de bienes jurídicos esenciales mediante la prevención de delitos y sometido a garantías y límites jurídicos.

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