Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

conducta típica

Pen. Conducta o actuación humana descrita con sus características objetivas y, en su caso, subjetivas en el tipo de delito.
No se trata de la existencia de una conducta o acción humana en general, positiva o excepcionalmente pasiva, como base de cualquier delito, sino precisamente de la clase de conducta activa u omisiva legalmente tipificada, que puede consistir exclusivamente en uno o varios actos o en la no realización de un acto en los delitos de mera conducta: de mera actividad o de omisión pura o propia, o en los tipos resultativos o de resultado en describir la causación de un resultado, bien de cualquier modo o manera en los delitos puros de resultado, bien especificando las actividades concretas que causan el resultado en los delitos de resultado con modalidades limitadas de ejecución o de acción.

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