delito con modalidades limitadas de acción o de ejecución Sublema de delito Pen. Tipo de resultado, en el que la ley especifica la forma de comisión o de actuación en la realización del hecho, generalmente en la producción del resultado, como el robo con fuerza en las cosas (CP, art. 238) o las coacciones (CP, art. 172).ArgentinaLey 11179, por la que se aprueba el Código Penal, publicada el 3-XI-1921ChileCódigo Penal, promulgado el 12-XI-1874ColombiaLey 599 de 2000, por la que se aprueba el Código Penal, Publicada en el Diario Oficial 44.097, el 24-VII-2000.Costa RicaLey 4573, de Código Penal, publicada en la Gaceta 257, el 15-XI-1970MéxicoCódigo Penal de la Federación, publicado en la Tercera Sección del Diario Oficial de la Federación, el 14-VIII-1931delito de acción y resultado, delito de resultadoReferenciado desdeacción típica, conducta típica, delito de acción y resultado, delito de resultado, delito de resultado con modalidades limitadas de acción o de ejecución, desvalor objetivo de la acción, tipo con modalidades limitadas de acción o de ejecucióndelito comúndelito consumado