Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

área protegida

Sublema de área
Adm. y Amb. Zona que se establece con el fin de proteger el hábitat natural existente en un lugar de interés.
En la República Dominicana, los límites de las áreas protegidas solo pueden ser reducidos por ley con la aprobación de las dos terceras partes de los votos de los miembros de las cámaras del Congreso Nacional. Constitución de la República Dominicana, art. 16; Ley 202-04, Sectorial de Áreas Protegidas, de la República Dominicana.