Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

área marina protegida

Sublema de área
Adm., Amb. y Eur. Espacio natural designado para la protección de ecosistemas, comunidades o elementos biológicos o geológicos del medio marino, incluidas las áreas intermareal y submareal, que en razón de su rareza, fragilidad, importancia o singularidad merecen una protección especial.
Ley 42/2007, de 13-XII, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, art. 32; Ley 6/2013, de 7-XI, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears, art. 4.

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