Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

área forestal protegida

Sublema de área
Amb.; Bol., C. Rica y Ec. Lugar con cobertura vegetal dispuesto por el poder ejecutivo para garantizar la conservación de las características y riquezas medioambientales.
Ley 7575, de Conservación de la Vida Silvestre, de Costa Rica, art. 3.i).

Referenciado desde