Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

área metropolitana

Sublema de área
1. Adm. Administración territorial integrada por municipios próximos entre los que existe una fuerte vinculación económica y social, para llevar conjuntamente la planificación y coordinación de obras y servicios. Su creación depende de leyes autonómicas y requiere la previa audiencia de la Administración del Estado y de los ayuntamientos y diputaciones afectados.
«Su organización debe asegurar la representación de todos los municipios en los órganos de gobierno y administración, la participación de todos los municipios en la toma de decisiones y la justa distribución entre ellos de las cargas correspondientes» (LRBRL, art. 43).
2. Adm.; Arg. Zona urbana común que conforman la ciudad autónoma de Buenos Aires y cuarenta municipios de la provincia de Buenos Aires, caracterizándose por ser la concentración urbana de mayor densidad del país.
Ley de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, n.º 2930, arts. 4 y 6.

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