Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

vigilancia

1. Can. Una de las funciones propias de la potestad de gobierno en la Iglesia, que tiene como fin velar por la legalidad y atender a las necesidades de las personas integrantes de la comunidad que cada autoridad tiene encomendadas. Constituye un deber del romano pontífice la vigilancia sobre la Iglesia universal, del obispo sobre su diócesis, del párroco sobre su parroquia, etc.
Exhortación apostólica Pastores dabo vobis, de 25-II-1992.
2. V. anubda

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