Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

vigencia temporal de las normas tributarias

Fin. Ámbito temporal de las normas tributarias que entrarán en vigor a los veinte días naturales de su completa publicación en el boletín oficial que corresponda, si en ellas no se dispone otra cosa, y se aplicarán por plazo indefinido, no teniendo, en principio, efecto retroactivo.
LGT, art. 10.1.