Diccionario panhispánico del español jurídico

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veto municipal

Adm.; C. Rica Recurso interno que el alcalde puede utilizar para atacar los acuerdos del consejo municipal.
Ley 7794, de Código Municipal, de Costa Rica, art. 167. Se constituye como mecanismo de suspensión de la eficacia del acto. El alcalde ha de dejar constancia, fundada y en tiempo, acerca de la inconformidad sobre la invalidez e inoportunidad del acuerdo.