- verba dubia sunt interpretanda taliter, ut actus de quo agitur, valeat, et non pereat
- Gral. 'Las palabras dudosas han de interpretarse de forma que sea válido el acto de que se trata y no perezca' (López, Gregorio:
Glosa a las Partidas , P 7, 33, 2).La Partida correspondiente dice en castellano antiguo: «El judgador deue interpretar, e declarar, segund el entendimiento de la parte, por que puede valer la postura». Es una de las reglas pro contractu de la jurisprudencia decimonónica en conexión con lo dispuesto en losartículos 1284 y1286 delCódigo Civil .