Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

veda

Adm. Espacio de tiempo en que está vedado cazar o pescar.
Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, art. 12; Ley de 20 de febrero de 1942, por la que se regula el Fomento y Conservación de la Pesca Fluvial, art. 13; Ley 1/1970, de 4 de abril, de Caza, art. 31. La prohibición de la pesca de las especies que lo precisen es de uno a tres días por semana durante el período en que está permitida la captura con el fin de favorecer la reproducción. Ley n.º 1023, para el Desarrollo y Operación de Marinas Turísticas (La Gaceta, Diario Oficial, n.º 60, del 27 de marzo 2020), art. 3.

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