Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

protección de los animales

Sublema de protección
1. Adm. En la legislación medioambiental y de biodiversidad, conjunto de normas y actuaciones concernientes a la conservación de especies en peligro de extinción y el fomento de la reproducción de los ejemplares existentes.
Existen territorios delimitados para establecer en ellos medidas especiales de protección, como, por ejemplo, las ZEPA (zonas especiales de protección de aves). Asimismo, existen también normas de protección de los animales en el caso de su utilización para fines de investigación. Por ejemplo, Ley 42/2007, del patrimonio natural y de la biodiversidad. Directiva 2009/147/CE relativa a la conservación de las aves silvestres. Directiva 2010/63/UE, relativa a la protección de los animales utilizados para fines científicos. Declaración universal de derechos del animal, adoptada por la Liga Internacional de Derechos del Animal en septiembre de 1977 y aprobada por la UNESCO el 17-X-1978. Su preámbulo comienza diciendo: «Considerando que todo animal posee derechos […]».
2. Adm. En general, conjunto de normas legales y administrativas que imponen el cumplimiento de determinadas exigencias en todo lo que concierne a los deberes de custodia y buen trato, crianza, alimentación, manejo, estabulación y sacrificio de los animales.
Por ejemplo, Reglamento (CE) 1099/2009, de 24-IX-2009, relativo a la protección de los animales en el momento de la matanza. La regulación está contenida especialmente en la legislación autonómica y es muy detallada y extensa. Hay normas de protección de los animales en el caso de su utilización para fines de investigación.

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