Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

uso común especial de las aguas

Sublema de uso2
Adm. Especial intensidad del uso que provoca una intervención de la Administración hídrica que hoy, usualmente, se produce mediante la previa declaración responsable de quien pretende realizar el uso común especial.
TRLA, art. 51; RDPH, art. 53.

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