Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

flotación

Adm. Utilización de las aguas continentales superficiales para el transporte sin la utilización de vela o motor. Se considera un uso común especial y para llevarlo a cabo es necesaria la presentación ante el organismo de cuenca de una declaración responsable. Ocupa, junto a la navegación, el séptimo lugar en el orden de preferencia de usos, pero ello puede ser variado por los planes hidrológicos de cuenca.
TRLA, arts. 51.1 y 60.3; RDPH, arts. 55 y sigs.

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