Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

Superintendencia

1. Adm.; Bol., Ec. y El Salv. Organismo técnico de vigilancia, auditoría, intervención y control de las actividades económicas, sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general.
2. Adm. y Fin.; Nic. V. Superintendencia General de Entidades Financieras
La Ley de la Superintendencia de Bancos y de otras Instituciones Financieras, n.º 316, crea la Superintendencia de Bancos y de otras Instituciones Financieras, que luego establece que se le denominará simplemente, en el art.1, la Superintendencia, art. 2, párr. 2.º.

Referenciado desde

Sublemas