Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

reserva relativa de ley

Sublema de reserva de ley
Adm. y Const. Atribución a la ley de la facultad de regular una determinada materia, pero sin excluir que la propia ley habilite al poder ejecutivo para dictar reglamentos que la desarrollen o complementen.
Normalmente se entiende que la reserva es relativa cuando la Constitución utiliza enunciados como «de acuerdo con la ley», «con arreglo a la ley», «en los términos que la ley establece», «de conformidad con lo dispuesto en las leyes», etc.

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