- reserva de ley y ordenanzas locales
- Adm. Modulación que sufre el principio de reserva de ley en relación con las ordenanzas locales, pues, a pesar de su carácter reglamentario, la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local las habilita para establecer, en defecto de normativa sectorial específica, los tipos de las infracciones.«Solo constituyen infracciones administrativas las vulneraciones del ordenamiento jurídico previstas como tales infracciones por una Ley, sin perjuicio de lo dispuesto para la administración local en el título XI de la
Ley 7/1985, de 2 de abril , Reguladora de las Bases del Régimen Local» (Ley 40/2015, art. 27.1. ).LRBRL, título XI ;STC 132/2001; STS, 3.ª, 29-IX-2003, rec. 5167/1998 .
Sublema de reserva de ley